De chigüiros e hipopótamos: la cacería comercial y de control como herramientas de conservación ambiental

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Las sabanas inundables de la Orinoquia son el lugar del mundo con más poblaciones de chigüiros. Foto: Carl de Souza/AFP.

Históricamente el chigüiro ha formado parte de la oferta gastronómica de algunos países tropicales, un mercado que se abastece principalmente de la extracción ilegal de estos animales de sus hábitats en los Llanos colombo-venezolanos. Aunque la cacería ilícita no ha logrado mermar la especie debido a su alta reproducción, a ella se suman otras amenazas como la presión agrícola sobre las zonas donde habita. Ante estos problemas, la caza controlada y legal sería una medida de conservación para la especie y su entorno natural.

El capibara, chigüire o chigüiro —como se conoce principalmente en Colombia— tiene dos especies nativas o propias de Suramérica: Hydrochoerus isthmius en la costa Atlántica y el norte del Chocó, cuyas poblaciones y conocimiento son más reducidos; y Hydrochoerus hydrochaeris, que se distribuye al oriente de los Andes, en lo que conocemos coloquialmente como los Llanos Orientales, y en la Amazonia colombiana, donde se encuentran las mayores poblaciones, es decir el mayor número de individuos y mayores densidades (individuos por hectárea), de esta especie en el mundo.

De esta especie –y específicamente de la población de las sabanas inundables de Colombia– es sobre la que se propone realizar la cacería comercial legal –controlando el número de individuos, los periodos y regiones específicas–, que funcionaría como estrategia de conservación, preservando así el potencial tanto biológico de una alta reproducción como el económico para las poblaciones que explotan su carne y sus pieles.

¿Dónde y cuántos?

Para el caso de las sabanas inundables de Arauca y Casanare, la información sobre poblaciones indica que estas no se distribuyen homogéneamente, con variaciones que obedecen a cambios en las condiciones del hábitat. Existen áreas en las que los chigüiros han desaparecido localmente o es muy difícil encontrarlos, como por ejemplo en las zonas urbanas, las áreas intensivas de cultivo de palma africana, los arrozales y la infraestructura, e incluso en zonas con alta cacería ilegal.

A partir de estimaciones poblacionales en diferentes épocas climáticas, disponibles desde 1998 hasta 2022, que suman 29 sitios, el país cuenta con poblaciones que van desde menos de 1 individuo hasta más de 3,5 individuos por hectárea. Además, en sitios con más de 5 estimaciones se han identificado fluctuaciones positivas y negativas, asociadas con periodos de sequias extremas e inundaciones típicas de la región. Estas fluctuaciones resaltan la importancia de monitorear sus poblaciones.

De otra parte, estas estimaciones, unidas al análisis de la calidad del hábitat en las sabanas inundables, que en su mayoría tienen buena calidad, han permitido estimar, mediante modelos matemáticos espacialmente explícitos, una población de más de 500.000 individuos para las sabanas inundables.

¿Cómo la cacería comercial y la erradicación pueden ser estrategias de conservación?

En Colombia existen varias formas legales de uso directo de fauna, entre ellas la cacería de subsistencia, la zoocría, el rancheo y la cacería comercial. Todas ellas incluyen la eliminación de individuos, es decir la muerte, para obtener beneficios como su carne, piel, y todos los subproductos posibles.

Aunque en Brasil, Colombia y Venezuela se usa especialmente la carne, en Argentina se utiliza su cuero para marroquinería. Foto: archivo Unimedios.Aunque en Brasil, Colombia y Venezuela se usa especialmente la carne, en Argentina se utiliza su cuero para marroquinería. Foto: archivo Unimedios.

Para el caso del chigüiro, en 1969 el Inderena estableció que “la caza comercial del ‘chigüiro’ solo podrá autorizarse durante los meses de enero, febrero y marzo de cada año […]” como medida para regular el interés que existe en los departamentos de Casanare y Arauca por el aprovechamiento comercial de la especie, debido al buen rendimiento en la producción de carne.

Esta se ha comercializado fresca o salada, y su principal demanda se da en Semana Santa y cuaresma. En el seguimiento a pruebas de aprovechamiento se ha estimado que se utiliza hasta un 53,3% del animal, con un 44% representado por su carne (canal), característica que le da valor e interés económico.

También se ha explorado la posibilidad de obtener otros subproductos que le dan un enfoque integral al aprovechamiento de la especie, como por ejemplo pieles para marroquinería y calzado; artesanías de sus huesos y dientes; en nutrición animal; mejoramiento de cultivos; como fuente energética; y aplicaciones en la medicina como un aceite a partir de su grasa.

Aunque la zoocría en ciclo cerrado (cría en cautiverio) es una opción que se ha probado en varios países, en Colombia no ha tenido éxito porque los animales son gregarios y semiacuáticos, por lo que la utilización de la zoocría se ha dado principalmente por la extracción de individuos o caza comercial, muchas veces de manera ilegal, aduciendo que se trata de individuos de criadero, pero realmente se obtienen de hábitats naturales. Estimaciones de la UNAL indican que el mercado legal solo satisface un 30% de la demanda total.

En este contexto, la propuesta de la cacería comercial parte de la premisa de que tenemos poblaciones sanas de la especie, y de que sus usos garantizan la conservación de sus hábitats, pues de estas condiciones dependerá garantizar la provisión del mercado, y además permitirá, bajo la supervisión de la autoridad regional ambiental, Corporinoquia, monitorear los éxitos o complicaciones de esta forma de aprovechamiento legal.

El caso de los hipopótamos

Este gran mamífero es una especie distribuida naturalmente en África, presente en al menos 37 países, con las mayores poblaciones en Tanzania (cerca de 20.000 individuos) y en Zambia (cerca de 45.000 individuos). La única población silvestre fuera de su rango natural está en Colombia, en donde fue introducida por Pablo Escobar en la década de 1980, con 4 individuos que llegaron a la Hacienda Nápoles, en Puerto Triunfo (Antioquia), y declarada como invasora en 2022.

Según las estimaciones en campo, entre 2021 y 2022 los hipopótamos en Colombia se distribuyen en 7 poblaciones espacialmente discretas que van desde Puerto Triunfo hasta Magangué. En total la población observada fue de 169 individuos, con una estimación mínima de 181 +-13 y máxima de 215 +-13. Las características del Caribe colombiano, las condiciones biológicas de la especie y la ausencia de depredadores naturales indican un aumento rápido en su número, distribución e impacto.

Los Institutos de Investigación adscritos al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), junto al Instituto de Ciencias Naturales, como parte del Comité Técnico Nacional de Especies Introducidas o Trasplantadas e Invasoras, en 2020 realizamos un análisis de riesgo, seguido por modelos poblacionales e información de campo. Todo esto permitió contar en el país con el “Plan para la prevención, el control y manejo de la especie exótica invasora hipopótamo (Hipopotamos amphibius)”, adoptado mediante la Resolución 0774 del 21 de junio de 2024.

Las medidas adoptadas son la translocación, la esterilización quirúrgica y el confinamiento y la cacería de control, que también aparece en el plan como eutanasia. El objetivo de estas estrategias, que deben ser espacialmente explícitas, es disminuir el número de individuos y su distribución a nivel nacional. Para este caso la cacería de control permite tener unos resultados más contundentes, económicos y seguros para las personas involucradas e incluso rápida para los individuos eliminados.

Marco normativo, voluntad política y percepciones

Colombia es signatario de diferentes convenciones y protocolos cuyos objetivos son, entre otros, promover el uso sostenible de la biodiversidad, repartir equitativamente sus beneficios, y controlar especies invasoras como una de las causas de la pérdida de biodiversidad. Por último, reconocernos como una “potencia de la vida” no significa que dejemos de actuar a partir de la información existente con el fin de promover estrategias de gestión que busquen conservar la diversidad biológica y cultural de nuestro país, partiendo de la base de que las decisiones de manejo están permeadas por las interacciones entre el conocimiento de las poblaciones, su hábitat, y lo que como sociedad decidimos e incidimos sobre estos dos componentes del “triángulo del manejo de vida silvestre”, conformado por la población, su hábitat, y la gente.

La cacería de especies invasoras como los hipopótamos permitiría controlar su distribución. Foto: Raúl Arboleda/AFP.La cacería de especies invasoras como los hipopótamos permitiría controlar su distribución. Foto: Raúl Arboleda/AFP.

Para la cacería comercial del chigüiro en Colombia existe el marco legal claro, que incluye: el Acuerdo 18 de 1970 del Inderena y la Resolución 716 de 1971, en la cual se reglamenta esta actividad; el artículo 1 de la Ley 99 de 1993, que señala los principios que rigen la política ambiental colombiana, y en su numeral 2 dispone que la biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, debe ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.

Además, el numeral 42 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993 asigna al MADS la función de fijar los cupos globales y determinar las especies para el aprovechamiento de bosques naturales y la obtención de especímenes de flora y fauna silvestres, teniendo en cuenta la oferta y la capacidad de renovación de dichos recursos, con base en los cuales las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) otorgarán los correspondientes permisos, concesiones y autorizaciones de aprovechamiento. Esta función se ve reforzada por el Decreto 1076 de 2015, en el que además se indica que las CAR solo podrán otorgar licencias ambientales para actividades de caza comercial, en los casos que el MADS haya fijado previamente las especies y los cupos globales de aprovechamiento (artículo 2.2.1.2.7.14 del mismo Decreto). Es en este punto donde el Ministerio, por falta de voluntad política y bajo las presiones del sector animalista, ha truncado el proceso de la evaluación de las solicitudes de licencia ambiental presentadas a la autoridad regional, en este caso Corporinoquia.

Si se mantiene la decisión de la anterior ministra de Ambiente, Lena Estrada Añokazi, de negar que se estuviera tramitando un instrumento para garantizar la cacería comercial y su monitoreo, esta entra en contradicción con la política internacional ratificada en 1994 por el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB), las metas posteriores de AICHI 2020 que, entre otras se buscaba que:

1) [….] las personas tendrán conciencia del valor de la diversidad biológica y de los pasos que pueden seguir para su conservación y utilización sostenible; 2) [….] se habrán desarrollado y aplicado incentivos positivos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica de conformidad con el Convenio [….]; y 3) [….] los gobiernos, empresas e interesados directos de todos los niveles habrán adoptado medidas o habrán puesto en marcha planes para lograr la sostenibilidad en la producción y el consumo y habrán mantenido los impactos del uso de los recursos naturales dentro de límites ecológicos seguros.

Y por último, con nuestra participación como sede de la pasada COP 16.

Para el caso de los hipopótamos, como ya mencioné, contamos el “Plan para la prevención, el control y manejo de la especie exótica invasora hipopótamo (Hipopotamos amphibius)”, adoptado mediante la Resolución 0774 del 21 de junio de 2024 y lo que urge es adelantar las acciones planteadas allí. Sin embargo, veo con preocupación que el Ministerio vuelve a desgastarse iniciando en Bogotá el ciclo de talleres regionales para actualizar el Plan Nacional de Prevención, Control y Manejo de Especies Introducidas, Trasplantadas, Exóticas e Invasoras. Que según la información divulgada “continuarán en Santa Marta, Cali, Medellín, Yopal y Mocoa durante agosto y septiembre para construir de manera participativa esta hoja de ruta para la protección de la biodiversidad, esto es importante y se alinea con la Meta 6 del Marco Global de Biodiversidad Kunming–Montreal y el Plan Nacional de Biodiversidad al 2030”, pero para el caso de los hipopótamos esa hoja de ruta ya está identificada.

*Tomado de: https://periodico.unal.edu.co/articulos/de-chiguiros-e-hipopotamos-la-caceria-comercial-y-de-control-como-herramientas-de-conservacion-ambiental